LEY 21.719 / PREPARACIÓN TÉCNICA

01 DIC 2026

Cumplir la Ley 21.719 antes del 1 de diciembre.

Si guardas datos de clientes, pacientes o trabajadores, te van a pedir evidencia operativa: registros con fecha, inventarios y bitácoras.

LA PRIMERA REVISIÓN OCURRE SOBRE TUS SISTEMAS REALES.

PUNTO CIEGO A REVISARPREPARACIÓN TÉCNICA
01 DIC 2026

Saber qué datos existen es el primer control.

  1. 01Datos personales
  2. 02Dónde viven
  3. 03Quién accede
  4. 04Qué ocurre si hay un incidente
Pide una revisión inicial

Auditoría técnica de sistemas · alcance fijo.

02 / INVENTARIO OPERATIVOMAPA DE DEPENDENCIA

El inventario que falta.

La auditoría parte por hacer visible el proceso crítico: qué datos toca, dónde viven, quién puede verlos y qué evidencia existe hoy.

Proceso crítico
A / LEVANTAR

Qué datos personales tienes

REGISTRO DE TRATAMIENTOS
B / LEVANTAR

Para qué los tratas

INVENTARIO DE SISTEMAS
C / LEVANTAR

Dónde viven y con quién se comparten

ACCESOS Y PERMISOS
D / LEVANTAR

Quién puede verlos o modificarlos

RIESGOS Y HUECOS
03 / BANCO DE VERIFICACIÓNCONTROLES OPERATIVOS

No basta con una política guardada.

La evidencia tiene que existir en la operación: permisos revisados, respaldos probados, registros que alguien pueda leer y una respuesta definida cuando algo ocurre.

  1. 01

    Acceso por rol y necesidad de conocer

    Revisión de cuentas, permisos heredados y acceso que ya no corresponde.

  2. 02

    Cifrado en tránsito y en reposo

    Dónde se protege la información mientras circula y mientras queda almacenada.

  3. 03

    Secretos fuera del código

    Credenciales y llaves manejadas fuera de los repositorios y de los despliegues.

  4. 04

    Respaldos y prueba de restauración

    Un respaldo que nunca se restauró no es un respaldo.

  5. 05

    Registro de auditoría

    Quién hizo qué, cuándo y sobre qué dato o proceso.

  6. 06

    Respuesta a incidentes

    Un recorrido escrito para detectar, contener, documentar y avisar.

EL CONTROL TIENE QUE EXISTIR EN LA OPERACIÓN, NO SOLO EN UN DOCUMENTO

04 / SOBRE DE ENTREGADOCUMENTOS QUE QUEDAN

Lo que queda contigo.

El resultado no es una recomendación genérica. Es un inventario, una lectura de brechas y protocolos aplicados sobre el proceso que revisamos.

ENTREGA TÉCNICAANEXO / SISTEMAS

La operación escrita.

  • Registro de tratamientos
  • Proceso crítico levantado
  • Protocolos escritos y aplicados
  • Informe técnico
ENTREGA EJECUTIVARESUMEN / DECISIÓN

La decisión ordenada.

  • Brechas priorizadas
  • Plan de acción
  • Prioridades para gerencia o directorio
06 / ACTA DE AUDITORÍACÓMO SE HACE

Cómo se hace.

01

Sesión con quien opera

Entendemos tus sistemas y procesos con la gente que los vive, no con la teoría.

02

Auditoría y levantamiento

Revisamos los sistemas reales y levantamos el proceso crítico con ejemplos concretos, accesos y evidencia.

03

Informe y plan

Cerramos en una reunión: brechas priorizadas, plan de acción, y el documento queda contigo.

07 / PREGUNTAS FRECUENTESLO QUE YA PREGUNTAN

Lo que todos preguntan de la Ley 21.719

¿Cuándo empieza a regir la Ley 21.719?

El 1 de diciembre de 2026. Se publicó el 13 de diciembre de 2024 con dos años de plazo para que las empresas se adecuaran; ese plazo se acaba.

¿A qué empresas se les aplica?

A cualquiera que trate datos personales de personas en Chile, sin importar su tamaño ni su rubro. Si tienes una base de clientes, una ficha de pacientes, un sistema de remuneraciones o un formulario de contacto, estás tratando datos personales.

¿Cuáles son las multas?

Hasta 5.000 UTM las infracciones leves, 10.000 UTM las graves y 20.000 UTM las gravísimas. En caso de reincidencia en infracciones graves o gravísimas la sanción puede llegar a entre 2% y 4% de los ingresos anuales de la empresa en Chile.

¿Qué es el registro de actividades de tratamiento?

Es el inventario de qué datos personales tratas, para qué, con qué fundamento legal, con quién los compartes y cuánto tiempo los guardas. Es el documento base: sin él no se puede demostrar nada de lo demás, y es lo primero que se pide en una fiscalización.

¿Necesito un delegado de protección de datos?

La ley exige designar un responsable formal del cumplimiento. En una empresa mediana no significa contratar a alguien nuevo: significa que una persona concreta tiene el rol asignado por escrito y las atribuciones para ejercerlo.

¿En qué cambia respecto de la Ley 19.628?

La 19.628 de 1999 declaraba principios pero casi no se fiscalizaba. La 21.719 crea una agencia con facultades sancionatorias, incorpora obligaciones concretas y documentadas —registro, evaluación de impacto, notificación de brechas— y sube las multas a un rango que un directorio sí mira.

¿Esto lo resuelve un abogado o un equipo técnico?

Los dos, y ahí está el problema habitual: un informe legal te dice qué exige la ley, pero no toca tus sistemas. Lo que se fiscaliza es la operación —quién tiene acceso a qué, si los respaldos se restauran, si queda registro de quién miró un dato. Por eso esta auditoría se hace sobre los sistemas y no sobre el papel.

02 / REVISIÓN

Conversemos tus datos

Cuéntanos qué datos personales o procesos te preocupa revisar.

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